A
partir de enero los servidores públicos que en cualquier forma trabajen,
presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector
público, podrán registrar la declaración patrimonial juramentada mediante un
formulario en línea, que se registrará de forma automatizada en la base de
datos de la Contraloría General del Estado. Su aplicación es obligatoria, ya
que de no realizarla acarreará la anulación inmediata del nombramiento, y el
cese definitivo de funciones del obligado. Esta información es pública y podrá
ser consultada por cualquier ciudadano o institución que así lo requiera.
Cabe
recordar que todos los servidores deben realizar esta declaración al ingresar
al sector público o al cesar sus funciones en alguna Institución del Estado.
Adicionalmente los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Unidad de
Vigilancia Aduanera, Comisión de Tránsito, Polleras Metropolitanos y
Municipales deberán hacer una declaración, previo a ascenso o al momento de su
retiro. Este instrumento electrónico se implementó para combatir la corrupción
y el enriquecimiento ilícito. Su control se lo hace periódicamente según sea
requerido por las autoridades.
El
artículo 231 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que las
servidoras y servidores públicos, sin excepción, presentarán al iniciar y al
finalizar su gestión y con la periodicidad que determine la ley, una
declaración patrimonial jurada que incluirá activos y pasivos, así como la
autorización para que, de ser necesario, se levante el sigilo de sus cuentas
bancarias; y, faculta al organismo técnico de control para examinar y
confrontar las declaraciones patrimoniales juradas e investigar los casos en
que se presuma enriquecimiento ilícito.
¿Qué debo declarar ante la Contraloría?
La
declaración patrimonial juramentada se hará a través de escritura pública y
contendrá información completa sobre el patrimonio, los activos y pasivos del
declarante, en el país como el extranjero. Incluirá, especialmente:
El
detalle de todas las cuentas y cualquier tipo de depósitos en bancos nacionales
o extranjeros.
El
detalle, descripción y el valor de los bienes muebles, especialmente si éstos
son vehículos, maquinaria, equipos, se indicará la marca, modelo, número de
placa según corresponda, obras de arte, colecciones, joyas y similares.
El
detalle, la descripción y el valor comercial de los bienes inmuebles, de
acuerdo al avalúo municipal.
contraloria General del Estado
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